Cuándo se puede pedir y descargar el borrador de la Renta de este año
El calendario para presentar la declaración correspondiente al ejercicio anterior y poder consultar los datos provisionales ya es público
Declaración de la Renta 2022-2023: fechas clave y novedades
![La declaración se puede presentar por varias vías](https://s3.abcstatics.com/abc/www/multimedia/economia/2023/03/08/renta-R0JZZFEDeB53eZ96FobU8dM-1200x840@abc.jpg)
El plazo para presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio económico de 2022 se acerca y la Agencia Tributaria está ultimando de desgranar los detalles de la nueva campaña. El periodo de presentación empezará el martes 11 de abril, justo pasada la Semana Santa, y se prolongará, como cada año, hasta el 30 de junio.
Durante estos casi tres meses, los contribuyentes tienen margen para presentar su declaración por las diversas vías existentes. En todo caso, una de las opciones más demandadas, por su facilidad y seguridad, suele ser la petición del borrador que la propia Agencia Tributara elabora de manera automática para los contribuyentes que lo deseen.
De esta manera, con una simple solicitud telemática, se puede revisar la información antes de entregarla formalmente a la administración. Para solicitar el borrador, los interesados deberán acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria con una de las identificaciones oficiales (como el sistema Cl@ve PIN, el DNI electrónico o un certificado especial del DNI) y a partir de allí cada usuario verá los servicios disponibles, entre los que aparecerá la opción de solicitar y tramitar un borrador.
Con estos simples pasos, se podrá consultar y descargar la información tributaria sobre el año pasado, que contempla datos sobre la situación laboral y personal, incluyendo allí detalles sobre patrimonio, ingresos o familia. El contribuyente tendrá margen para analizar los documentos antes de poder enviar definitivamente el borrador.
Cómo presentar la declaración
Así se puede entregar la documentación por la vía presencial pero también por Internet y de forma telemática, o por teléfono. Quienes quieran optar por esta última opción podrán hacerlo a partir del 5 de mayo, aunque previamente deberán pedir una cita telefónica (a partir del 3 de mayo).
Para más información se puede acudir a alguna de las sedes de la Agencia Tributaria, llamar a alguno de sus teléfonos o consultar directamente su web, en la que existe información detallada sobre todos los pasos a seguir.
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