Si estás en paro, debes saber esto antes de que empiece la campaña de la Declaración de la Renta
La prestación por desempleo tiene la consideración fiscal de rendimientos del trabajo
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![Lo que deben saber las personas en paro antes de la Renta](https://s1.abcstatics.com/abc/www/multimedia/economia/2024/03/29/sepe-U60534982391LxC-U6016514086429wB-1200x840@diario_abc.jpg)
La campaña para la declaración de la Renta comienza este próximo 3 de abril y se extenderá hasta el 1 de julio. Se trata de un trámite que deberán realizar más de 20 millones de contribuyentes en España.
Sin embargo, las dudas suelen ser frecuentes en cada campaña. Antes de que comience la campaña hay que tener claro cuál es nuestra situación ya que puede estar sujeta a ciertos condicionantes especiales a la hora de elaborar el borrador. Una de las dudas más frecuentes es qué hacer si se está en el paro.
Todas las personas en situación de desempleo que estén cobrando una prestación por parte del SEPE deben saber que estas prestaciones no se encuentran exentas de pagar impuestos.
El paro y el impuesto de la Renta
De hecho, la prestación por desempleo tiene la consideración fiscal de rendimientos del trabajo de tal manera que quien lo recibe debe tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
El tipo de retención que se le aplica a pago del SEPE es reducido porque se considera que la persona beneficiaria puede estar pasando por una situación de ingresos reducidos más vulnerable.
Asimismo, quienes cobraran este subsidio, pero a lo largo de 2023 -ejercicio por el que se presenta la declaración en este 2024- y también estuvieron trabajando durante otra parte del año deben saber que el SEPE cuenta como segundo pagador.
Por otro lado, este año, están obligados a presentar la declaración de la Renta quienes con un solo pagador cobren más de 22.000 euros y quienes con dos o más pagadores superen los 15.000 euros.
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