Por qué Navarra tiene una declaración de la Renta diferente
Esta comunidad goza de un régimen especial en materia tributaria gracias al cual puede gestionar de forma autónoma la mayoría de los impuestos
Estas son las deducciones que puedes hacer en la declaración de la Renta si vives en Cataluña

La campaña de la declaración de la renta del año fiscal 2023 arrancó el pasado miércoles, 3 de abril, en la mayor parte de España, aunque con notables diferencias en algunas regiones. Entre estas, destaca la Comunidad Foral de Navarra, que se rige por un calendario distinto para este trámite debido a su singular sistema fiscal.
Navarra goza de un régimen especial en materia tributaria gracias al cual puede gestionar de forma autónoma la mayoría de los impuestos que en otras regiones del país corresponden al Estado. Esto significa que los ingresos generados por estos tributos se quedan dentro de su territorio, contribuyendo así a su autonomía fiscal y financiera.
Este marco legal se sustenta en el Régimen Foral de Hacienda, que otorga tanto a esta comunidad como a los territorios históricos vascos de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, la facultad de diseñar, recolectar y administrar sus propios sistemas de tributación. Pero, ¿por qué?
Por qué Navarra tiene una declaración de la Renta diferente
La existencia histórica de los regímenes forales tiene sus raíces en el proceso de formación del Estado moderno español, que se configuró mediante la unión de territorios anteriormente soberanos. Esta estructura política permitió la existencia de áreas que gozaban de cierta independencia económica, como el Reino de Navarra, las provincias vascas o la Corona de Aragón.
Esta última, vio suprimidos sus fueros a inicios del siglo XVIII, a raíz de los Decretos de Nueva Planta establecidos por Felipe V después de la Guerra de Sucesión Española. Navarra y las provincias vascas, por su parte, vieron también suprimidos sus fueros entre 1812 y 1836, tras la caída de la monarquía y el surgimiento del Estado liberal, que impulsó el centralismo y la uniformidad legal en todo el territorio.
Sin embargo, tanto el Reino de Navarra y las provincias vascas lograron mantener sus sistemas propios después de la Primera Guerra Carlista, gracias a la Ley de Confirmación de Fueros de 1839. Después de eso, otros cambios significativos se sucederían, como la Ley Paccionada de 1841, que disolvió sus instituciones antiguas, aunque mantuvo un régimen fiscal especial, o la dictadura franquista, que eliminó algunos de los remanentes forales en Guipúzcoa y Vizcaya, aunque se mantuvieron en Álava y Navarra.
De este modo, la Constitución de 1978 reconoce y protege los derechos históricos de los territorios forales, revirtiendo la legislación hasta 1841. Esto permite a Navarra y al País Vasco conservar una notable independencia en materias como tributación, fiscalidad y derecho civil.
Diferencias en la Declaración de la Renta entre Navarra y el resto de España
Una diferencia importante a considerar es la variación en los plazos establecidos para la presentación de la Declaración de la Renta. En la mayor parte de España, el período para la Declaración de la Renta 2024 (correspondiente al año fiscal 2023) comienza el 3 de abril y se extiende hasta el 1 de julio.
RENTA 2024
Las fechas para realizar la Declaración de la Renta en Navarra
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3 de abril hasta el 1 de julio de 2024: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023
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7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria podrá confeccionarte su declaración de Renta 2023 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio)
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3 de junio hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria podrá confeccionarte su declaración de Renta 2023 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio)
Por otro lado, en Navarra, la campaña da inicio el martes 9 de abril y concluye el 27 de junio, ofreciendo así un margen de tiempo ligeramente reducido. Esta programación afecta tanto a las presentaciones electrónicas como a la revisión de las propuestas preparadas por la Hacienda Foral de Navarra, accesibles a través de su página web renta.navarra.es.
Además, los contribuyentes de Navarra enfrentan plazos distintos para la realización de la declaración de forma telefónica o presencial. Para ambas modalidades, el plazo disponible es desde el 15 de abril hasta el 27 de junio, siendo obligatorio el agendamiento de una cita previa, la cual puede solicitarse en línea o llamando al número 948 505 152.
Límites económicos para la exención de presentar la Declaración de la Renta en Navarra
La legislación tributaria de Navarra introduce criterios específicos para eximir a ciertos contribuyentes de la obligación de declarar sus ingresos. Por ejemplo, en esta comunidad autónoma, los contribuyentes que no excedan los 14.500 euros anuales en ingresos brutos por su actividad laboral pueden optar por no presentar la declaración de impuestos.
RENTA 2024 EN NAVARRA
Tabla de tramos de retenciones
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Más de 14.500 euros anuales: 8%
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Más de 16.750 euros anuales: 10%
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Más de 19.750 euros anuales: 12%
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Más de 23.250 euros anuales: 13,5%
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Más de 25.750 euros anuales: 14,6%
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Más de 28.250 euros anuales: 15,8%
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Más de 32.250 euros anuales: 17%
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Más de 35.750 euros anuales: 18,1%
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Más de 41.250 euros anuales: 20%
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Más de 48.000 euros anuales: 22,1%
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Más de 55.000 euros anuales: 24,1%
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Más de 62.000 euros anuales: 26,1%
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Más de 69.250 euros anuales: 28,3%
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Más de 75.250 euros anuales: 29,6%
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Más de 82.250 euros anuales: 30,8%
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Más de 94.750 euros anuales: 32,2%
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Más de 107.250 euros anuales: 33,5%
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Más de 120.000 euros anuales: 35,1%
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Más de 132.750 euros anuales: 36,2%
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Más de 146.000 euros anuales: 38%
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Más de 200.000 euros anuales: 40%
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Más de 280.000 euros anuales: 42%
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Más de 350.000 euros anuales: 43%
Asimismo, en Navarra, aquellos cuyos ingresos procedentes de intereses del capital mobiliario o plusvalías sujetas a retención no rebasen los 1.600 euros brutos al año, también quedan exentos de esta obligación.
Además, se confirman las disposiciones tributarias implementadas el año anterior. Estas incluyen un ajuste del 2% en la tarifa aplicable a la base liquidable general y un incremento del 5% en las deducciones aplicables por circunstancias personales y familiares. A ello se añade un aumento de 100 euros para las personas con ingresos anuales menores a 30.000 euros.
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