El contrato para suplir bajas por maternidad se queda sin exención total en las cotizaciones
La bonificación a la Seguridad Social se fija en 366 euros al mes y habrá que contratar a menores de 30 años
La reforma laboral de Yolanda Díaz no puso límites a la jornada con pluriempleo
![Yolanda Díaz y José Luis Escrivá](https://s2.abcstatics.com/abc/www/multimedia/economia/2023/09/28/diaz-R6gz3bEP19iOcdkzS6dLAQP-1200x840@abc.jpg)
El pasado enero el Gobierno aprobaba un real decreto de incentivos a la contratación que, en algunas de sus medidas, como las sustituciones por maternidad suponen un fuerte recorte de los beneficios que tenían las empresascuando contrataban a un trabajador para ... suplir bajas por maternidad o paternidad. La reacción de las empresas fue de rechazo cuando a primeros de año salió adelante la norma, al igual que ahora, cuando han comenzado a aplicarse las nuevas medidas, ya que entienden que suponen un retroceso en las políticas públicas de protección del empleo de las mujeres.
Las modificaciones respecto a la actual legislación que han entrado en vigor en septiembre, dejan en 366 mensuales la bonificación en las cotizaciones sociales del nuevo trabajador, lejos, por tanto, de la exención total que existía hasta final de agosto para los contratos que suplen bajas maternales y paternales. A este recorte de las ayudas se une también la imposición a las empresas de que solo podrán contratar para sustituir al empleado de baja a jóvenes menores de 30 años.
Una restricción notable, dado que en estos momentos el trabajador que sustituye a otro de baja por nacimiento puede tener cualquier edad. Los argumentos que han dado desde el Gobierno es que la medida va encaminada a favorecer la contratación de jóvenes y permitirá recortar así la tasa de desempleo juvenil en España, farolillo rojo de la Unión Europea con un paro cercano al 30% entre los menores de 25 años.
Pero desde el mundo empresarial las interpretaciones son distintas. Las fuentes consultadas ven la restricción como un freno a la libertad de contratación. «Desde una visión que se debe tildar de machista, se presume que el trabajo femenino tiene tan poco valor que puede ser sustituido por cualquiera con menos de 30 años», aseguran las fuentes consultadas por este periódico.
Contratación de familiares
Otra de las bonificaciones que han desaparecido de la normativa laboral con el nuevo sistema de bonificaciones son las que afectan a la contratación de familiares de hasta segundo grado, salvo las personas con discapacidad, y trabajadores que hubieran estado en la misma empresa durante los 12 meses anteriores con un contrato indefinido, o seis meses con un contrato temporal o formativo.
Además, este mes de septiembre han entrado en vigor penalizaciones a las empresas que opten por contratos a tiempo parcial. En este caso, la cuantía de las bonificaciones serán reducidas de forma proporcional a la jornada, y ya no se incentivarán aquellos contratos parciales inferiores al 50 % de la jornada de trabajo a tiempo completo, excepto de los casos de permiso por conciliación.
Se aprobaron recortes en algunas ayudas, pero también nuevas bonificaciones a la contratación en varios supuestos. Así, se ha fijado en 128 euros al mes ( 1.356 euros al año) la ayuda para mayores de 45 años y parados de larga duración. En el caso de los menores de 30 años, la ayuda es de 275 euros al mes (3.300 al año) y también se han puesto en marcha bonificaciones para las mujeres paradas de larga duración de 128 euros al mes (1.536 euros al año) y hombres parados de larga duración y menores de 45 años. En este último caso ascienden a 110 euros al mes (1.320 euros al año).
Mínimo tres años
El real decreto de incentivos da respuesta a uno de los puntos incluidos en el componente 23 del Plan de Recuperación comprometido con Bruselas para recibir fondos europeos y supone, en general, un endurecimiento de las condiciones que se exigen a las empresa para percibir los incentivos. Así, todas las modalidades de exenciones estarán sujetas a la firma de contratos indefinidos y las empresas, además, estarán obligadas por ley a mantener durante tres años como mínimo al trabajador en la plantilla con un contrato bonificado.
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