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El complemento del SEPE que puedes cobrar mientras trabajas: requisitos y fecha en el que entra en vigor

Yolanda Díaz y los sindicatos acordaron una reforma de mejora de la protección por desempleo

Yolanda Díaz implica a la CEOE en la reforma del subsidio de desempleo para venderlo como otro fruto del diálogo social

Así queda el subsidio por desempleo y la posibilidad de compaginar el paro con un trabajo hasta 1.350 euros tras la reforma

El complemento que puedes cobrar mientras trabajas Ep
V.L

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La pasada semana se pactó con sindicatos la reforma del subsidio por desempleo que incluye importantes cambios a la hora de recibir la prestación. Una de ellas es la posibilidad de compatibilizar el subsidio por desempleo con un trabajo.

La reforma pretende mejorar la protección de los desempleados y amplía las áreas de cobertura a determinados colectivos.

Entre otras cuestiones, quienes no tengan cargas familiares podrán cobrar este subsidio por desempleo aún siendo menor de 45 años si ha percibido al menos un año de prestación contributiva.

Las nuevas cuantías del subsidio de desempleo

  • 6 primeros meses: 95 % IPREM (570 euros según la referencia actual)

  • 6 meses siguientes: 90 % IPREM (540 euros)

  • Resto del período: 80 % IPREM (480 euros)

La duración máxima del subsidio será de 30 meses en los casos que corresponda y la compatibilidad con el trabajo será por un periodo tope de 180 días por cada nuevo empleo a tiempo completo o parcial, sin reducción de la cuantía. Los requisitos no varían sustancialmente.

Compatibilidad de la prestación contributiva con el empleo

A la hora de cobrar la prestación contributiva con un empleo se tendrá en cuenta el sueldo y del tiempo en que se ha cobrado la prestación. Se podrá compatibilizar con un empleo tras un año cobrando prestación siempre que el salario no supere el 225% del Iprem (1.350 euros al mes con el Iprem actual).

Como informó este diario, en el extremo más beneficioso el complemento sería de 480 euros si se solicita cuando sólo se han cobrado tres meses de subsidio y se accede a un empleo a jornada completa. En el caso contrario, si se han consumido los 15 meses de ayuda y el contrato es menos del 50% de la jornada completa, el complemento se reduce a 30 euros.

Compatibilidad con el empleo en el extremo más beneficioso

  • 80% del IPREM, unos 480 euros mensuales

  • 60% en el siguiente trimestre, 360 euros al mes

  • 40% del IPREM en el siguiente trimestre, 240 euros al mes

  • 30% del IPREM en el siguiente trimestre, 180 euros al mes

La fecha en la que entrará en vigor

Todavía quedan flecos por cerrar sobre esta reforma, el principal de ellos cuándo entrará en vigor.

Con carácter general, la norma entrará en vigor en noviembre de 2024. Por otro lado, está previsto que las nuevas posibilidades para compatibilizar el salario con la prestación contributiva estén listas en abril del año próximo.

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