Cuándo se cobra el paro en octubre: la fecha en Caixabank, ING, Santander y BBVA
El Ministerio de Trabajo deja a criterio de las entidades el pago adelantado del subsidio de desempleo
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![La fecha del cobro del paro puede cambiar según la entidad](https://s3.abcstatics.com/abc/www/multimedia/economia/2023/10/02/paro-RVXdrL1mQHWZ2ZTaoU453IK-1200x840@abc.jpg)
La tasa de paro en España subió en 17.679 personas en septiembre, llevando las cifras del desempleo en nuestro país hasta las 2.941.919 personas en desempleo, la cifra más baja en un mes de septiembre desde 2008.
Según los datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social, más de 1.700.000 personas cobran algún tipo de prestación por desempleo. Esas personas reciben cada mes en su cuenta un ingreso correspondiente a la cantidad que, en función de la prestación o subsidio que perciben, tienen derecho.
¿Cuándo se cobran el paro en octubre?
El cobro del paro se produce siempre entre los días 10 y 15 de cada mes, como especifica el Ministerio de Trabajo. En 2020, debido a la situación de crisis que atravesó España por la pandemia y que generó una urgencia social para muchos desempleados, se llegó a un acuerdo con las entidades bancarias para adelantar el cobro por el subsidio de desempleo a la primera semana de cada mes.
No obstante, cabe destacar que, como informa al Ministerio, ese pago adelantado «se produce a criterio de cada una de las entidades». De esta manera, la fecha de cobro habitual del paro es el día 10 de cada mes. En caso de que sea festivo, el pago se producirá el siguiente día hábil de cada mes. En este mes de octubre de 2023, el día 10 cae martes.
El SEPE envía la información para el pago de las prestaciones a las entidades financieras en el plazo estipulado para su abono.
Fecha de cobro del paro en octubre
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Caixabank: 10 de octubre
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BBVA: 10 de octubre
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ING: 10 de octubre
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Santander: 5 de octubre
Se trata de fechas orientativas que pueden estar sujetas a cambios en función del criterio de la entidad.
MÁS INFORMACIÓN
La web de la Seguridad Social recoge que el importe de la prestación por desempleo se calcula según la base reguladora, es decir, en torno a la media de las bases de cotización de los últimos 180 días de trabajo anteriores al cese. La cuantía del paro durante los primeros 180 días será el 70% de la base reguladora, mientras que, a partir del día 181, será el 60% de dicha base.
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