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Cuál es la cantidad máxima de dinero que se puede heredar sin pagar impuestos: diferencias por comunidades autónomas

Cuando un familiar muere se deben pasar una serie de trámites burocráticos ligados al impuesto de sucesiones

Un abogado explica cómo realizar el testamento para que no se pueda renunciar a la herencia: «Incluir la cláusula de...»

Esta es la cantidad máxima de dinero que se puede heredar sin pagar a Hacienda pixabay
Virginia López Esplá

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Cuando una persona muere sus herederos se deben enfrentar a una serie de trámites burocráticos entre los que se incluye, por ejemplo, repartir y declarar la herencia.

Hay que tener en cuenta que las herencias no declaran IRPF puesto que lo hacen por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Ahora bien, si existen a causa de ese legado incrementos patrimoniales u otro tipo de ganancias sí se deben incluir estos rendimientos en la declaración de la renta del año correspondientes. De esta manera, la venta o alquiler de un inmueble heredado sí tendrá que incluirse en la declaración o también, por ejemplo, el rendimiento de activos o acciones heredados.

Declarar una herencia

Es por ello que la idea de que se puede recibir una herencia sin declarar es algo engañosa. La declaración del Impuesto de Sucesiones está transferida a las comunidades autónomas y se realiza mediante el modelo 650. Son ellas las que determinan cuánto hay que pagar.

Al no existir un criterio unificado es cuando se producen diferencias en el pago de impuestos de unas comunidades a otras. Estos son los límites en 2025, como recoge Idealista.

El impuesto de sucesiones en cada comunidad autónoma

  • Andalucía: Reducción de hasta un millón de euros para aquellas personas que sean descendientes, cónyuge y ascendientes, y de 250.000 euros para familiares de segundo grado y tercer grado, así como para descendientes y ascendientes por afinidad, y para familiares de cuarto grado y otros parentescos

  • Aragón: Bonificación del 99% en el impuesto para herencias

  • Asturias: Exención de pagar el impuesto hasta que la herencia alcance los 300.000 euros para hijos menores de 21 años que sean descendientes o adoptados y los cónyuges, ascendientes o adoptantes mayores de 21 años

  • Baleares: Herencias entre ascendientes, descendientes y cónyuges están exentas de impuestos. Descuento general del 25% en la cuota para herencias entre hermanos, tíos y sobrinos y del 50% si el fallecido no tenía descendientes

  • Canarias: Las herencias entre ascendientes, descendientes, cónyuges, hermanos, sobrinos y tíos están tienen una bonificación del 99,9% de la cuota

  • Cantabria: Bonificación del 95% para hijos, padres y cónyuges sobre la base imponible de la vivienda con un máximo de 125.000 euros por heredero

  • Castilla-La Mancha: Bonificación del 100% para padres, hijos y cónyuges. Bonificación del 80% si la herencia supera los 300.000 euros

  • Castilla y León: Bonificación del 99% para familiares directos

  • Cataluña: Se aplica una reducción en la base imponible por razón del grado de parentesco. Los límites van entre los 100.000 y los 200.000 euros según las circunstancias y parentesco de las personas que reciben la herencia

  • Ceuta y Melilla: se rigen por el impuesto estatal, aunque con particularidades para los residentes en estos territorios

  • Comunidad Valenciana: Bonificación del 99% sobre herencias para cónyuges, ascendientes y descendientes

  • Extremadura: Bonificación del 99% para menores de 21 años. Para los mayores se establecen tramos. 99% cuando la base imponible no supere los 175.000 euros, 95% cuando no supere los 325.000 euros y del 90% cuando no supere los 600.000 euros

  • Galicia: Reducción de 400.000 euros para familiares de grupo II

  • La Rioja: Bonificación del 99% sobre las herencias de padres a hijos o entre cónyuges

  • Madrid: Bonificación del 99% para cónyuge o parientes directos del fallecido. Bonificación del 25% para hermanos, tíos y sobrinos

  • Murcia: Bonificación del 99% para familiares de los grupos I, II y III

  • Navarra: Bonificación del 2% al 16% para descendientes y ascendientes por consanguinidad para los cónyuges tipo del 0% para menos de 250.000 euros y del 0,8% para superiores

  • País Vasco: Las herencias menores de 400.000 no tienen que pagar impuestos si son descendientes, ascendientes o cónyuges o parejas de hecho

Llegados a este punto hay que saber qué grado de parentescto tiene cada grupo. En el I se engloban descendientes y adoptados menores de 21 años, en el II descendientes y adoptados mayores de 21 años, cónyuge, ascendientes y adoptantes, en el III hermanos, tíos y sobrinos y en el IV primos y resto de grados.

De esta manera, la cantidad de dinero que Hacienda se quedará vía impuesto de sucesiones dependerá de la comunidad. En cualquier caso, siempre se debe informar aunque finalmente no se pague nada o muy poco.

Además, habrá que hacer la declaración de la renta del fallecido si durante el ejercicio superó los umbrales exentos. El plazo para autoliquidar el impuesto de sucesiones y presentar la documentación es de seis meses, contados desde la fecha del fallecimiento. Un mes antes de que expire se puede solicitar una prórroga de otros seis más.

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