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El cambio en la normativa de equipajes de mano a partir de septiembre: así afecta a los líquidos que puedes llevar

Se trata de una restricción de Bruselas a determinados equipos presentes los controles de los aeropuertos

Las aerolíneas seguirán cobrando por el equipaje de mano pese a la sanción de Consumo

Viajeros en el aeropuerto de Madrid Barajas Alfonso Suárez ep
Virginia López Esplá

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A partir de este 1 de septiembre entra en vigor una nueva normativa de la Unión Europea que afecta directamente a los líquidos que se pueden llevar en el equipaje de mano. En realidad, se trata más bien de una restricción temporal de Bruselas que afecta a los aeropuertos de la UE.

Algunos aeródromos cuentan con una tecnología novedosa conocida como EDSCB (Explosive Detection System for Cabin Baggage), que consiste en que los dipositivos de rayos X habituales en los controles de los aeropuertos generan una imagen 3D y facilita la inspección de los equipajes.

La aplicación de esta tecnología permitía iba a permitir, por ejemplo, poder subir líquidos a los aviones sin restricciones o no tener que sacar los aparatos electrónicos y líquidos antes de pasar el control de seguridad, como explica la Comisión.

¿Por qué Bruselas da un paso atrás?

Sin embargo, esta realidad todavía tendrá que esperar. El uso de estos escáneres estará restringido, al menos de momento, como detalla esa normativa de la Unión Europea en relación con los equipos para la inspección de seguridad de líquidos, aerosoles y geles.

Según explica el texto, «la Comisión ha recibido información técnica, validada por Estados y laboratorios de la CEAC, que muestra que las configuraciones actuales de equipos EDSCB conformes a la norma C3 a los que la Comisión ha otorgado el 'sello de la UE' o el 'sello de la UE pendiente' deben revisarse con el fin de mejorar su rendimiento». Es decir, para mantener la seguridad del transporte aéreo habrá que seguir aplicando una limitación para el volumen máximo de los envases individuales.

A pesar de ello, la UE ha aclarado que este paso atrás no se debe a ninguna nueva amenaza para la seguridad «sino que aborda un problema técnico temporal». Además, añade que se está trabajando para desarrollar soluciones técnicas rápidas.

¿Cómo afecta a los pasajeros y los líquidos en el equipaje de mano?

Que Bruselas haya reculado sobre el uso de estos equipos implica que, a partir del 1 de septiembre de 2024, el tamaño máximo permitido para los contenedores de líquidos individuales volverá a ser el estándar de 100ml para los aeropuertos que utilicen este tipo de equipos.

Sin embargo, en la práctica no tendrá demasiado efecto en los pasajeros. De hecho, en la web de Aena seguían apareciendo las instrucciones clásicas para transportar líquidos, perfumes, cremas, aerosoles, espumas, geles, champú y pasta de dientes: hacerlo en envases individuales y con capacidad no superior a los 100ml. Por tanto, durante estos meses muchos han seguido haciéndolo de este modo.

Asimismo, la OCU recomienda seguir haciendo la maleta como siempre y olvidar las teorías de que se podría viajar con envases más grandes.

Por otro lado, desde la Comisión Europea recalcan en su comunicado que «los aeropuertos que ya limitan los líquidos a 100 ml o que no han desplegado equipos EDSCB no se verán afectados por este cambio».

Por lo tanto, los pasajeros tendrán que seguir transportando los líquidos tal y como lo han hecho siempre hasta que se mejore el rendimiento de estos equipos.

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