La Abogada General pide anular el tratado de pesca con Marruecos por incluir el Sahara Occidental
Considera que el territorio tiene que ser tratado como algo «separado y distinto» y no como una parte del país alauita
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El tratado de pesca entre la Unión Europea y Marruecos debe ser anulado porque afecta a las aguas del territorio de Sahara Occidental que ha de ser considerado como algo «separado y distinto» y no como una parte de Marruecos. Así lo cree ... la Abogada General que ha analizado el recurso interpuesto por el Consejo de la UE contra la sentencia que ya había declarado nulo este acuerdo.
Si los jueces siguen -como es práctica habitual- el criterio de la Abogada General, las relaciones entre Marruecos y la UE y especialmente con España, que es el país que más intereses tiene en esa zona pesquera, pueden pasar por un periodo de turbulencias.
El análisis de la Abogada General trata de ser equidistante en ciertos aspectos fundamentales que pueden usar las dos partes, tanto Marruecos como el frente Polisario. Por un lado asume que a falta de tener una entidad formal como Estado, el Frente Polisario puede estar legitimado «en parte» para firmar tratados en nombre del pueblo saharaui, igual que Marruecos puede hacerlo «en determinadas circunstancias» y como «potencia administradora». Pero en lo que no aplica la menor transigencia es en sostener que el territorio del Sahara Occidental y sus aguas territoriales no es ni debe ser considerado como parte de Marruecos, como sostienen las autoridades marroquíes.
Anulado en 2021
El acuerdo de pesca fue anulado en 2021 por el Tribunal de Justicia de la UE, en plena crisis migratoria, y tanto el Consejo como la Comisión Europea decidieron entonces mantener su vigencia mientras se resolvía el recurso que interpusieron. Un año después, el presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, llegó a enviar una carta al Rey Mohamed VI de Marruecos en la que asume las tesis marroquíes sobre el Sahara Occidental, territorio que considera bajo su plena soberanía. En julio de 2023, el acuerdo caducó y no ha sido renovado, con gran perjuicio para los pesqueros españoles, que utilizan 92 de las 138 licencias para faenar en la zona.
La Abogada General reconoce que el pueblo del Sahara Occidental no tiene ningún representante oficial o reconocido para interponer un recurso en su nombre, aunque admite que el Frente Polisario refleja los intereses y deseos de «al menos» una parte de los saharauis y recuerda que tanto el acuerdo de pesca como su protocolo de aplicación no cumplen el requisito de tratar el territorio del Sahara Occidental como «separado y distinto» del Reino de Marruecos, lo que vulnera el principio de autodeterminación, tal como lo reconocen las Naciones Unidas.
La misma Abogada General indica, sin embargo, que el Tribunal General se equivocó al anular también el acuerdo arancelario preferencial con el Reino de Marruecos que también afecta al Sahara Occidental porque según el Derecho internacional público, una potencia administradora puede, en determinadas circunstancias, celebrar un acuerdo internacional en nombre de un territorio no autónomo, como el caso del Sáhara Occidental, pero insiste en que los productos originarios de ese territorio que se benefician de este acuerdo no pueden ser etiquetados como marroquíes.
En opinión de la Abogada General, si no se considera parte de Marruecos, la regulación europea exige que se indique el territorio del Sáhara Occidental como país de origen de los productos allí cultivados (sobre todo tomate y melón) que es un requisito probablemente inasumible por parte de Marruecos. Sin embargo, no hacerlo infringiría la legislación europea que exige que las indicaciones de origen sean «correctas, neutrales y objetivas» y en este caso no admitirían la denominación de «producto marroquí».
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