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¿Quién tiene preferencia en caso de que los empleados coincidan en solicitar los mismos días de vacaciones?

Los expertos consultados resuelven dudas sobre cómo organizar el tiempo de asueto entre la plantilla sin que se generen conflictos a la vez que se cumple con la ley

ADOBESTOCK
Teresa Sánchez Vicente

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Organizar las vacaciones no es fácil para los jefes, y más, en tiempos de coronavirus. Pueden surgir conflictos si coincide el periodo solicitado entre varios empleados, si no se comunican con suficiente antelación o si se espera un verano complicado -como el actual- para el negocio de la empresa, entre otras vicisitudes. Ante esta coyuntura, hablamos con expertos que nos resuelven dudas sobre cómo organizar el tiempo de asueto entre la plantilla sin que se generen conflictos a la vez que se cumple con la ley.

¿Puede imponer la empresa las vacaciones al trabajador durante unas fechas determinadas?

Desde el despacho de abogados Sanahuja Miranda recuerdan que las vacaciones son un derecho amparado tanto por la Constitución española como por el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores. «Legalmente, no existe la posibilidad de imponer las vacaciones. No obstante, en la práctica sí existen los calendarios de vacaciones impuestos simplemente por cuestiones organizativas , sobre todo en aquellas empresas que cierran durante los meses de verano», recuerda Eva Gómez, abogada de Sanahuja Miranda.

Por su parte Yannick Charton, socio fundador de Valio Consulting, señala que en base a la legislación actual, las vacaciones deben ser pactadas de mutuo acuerdo por el trabajador y el empresario. «Según un fallo del Tribunal Supremo, con fecha del 7 de enero de 2020 y que ha sentado precedente, ninguna empresa puede imponer las fechas de las vacaciones a sus trabajadores, si siempre tuvieron la libertad de elegirlas», añade.

¿Es obligatorio librar de junio a septiembre?

En este caso, la fecha de las vacaciones dependerá del convenio colectivo . «Existen convenios con condiciones específicas que reflejan que las vacaciones no pueden empezar un día festivo, que tienen que disfrutarse al menos una semana entera y que no son válidos periodos más cortos, que tienen que disfrutarse entre el 1 de junio al 30 de septiembre, que pueden fraccionarse, que se pueden disfrutar las vacaciones de un año hasta el 20 de enero del año siguiente, entre otras», explica Charton.

¿Quién tiene preferencia en caso de que los empleados coincidan en solicitar los mismos días?

Gómez destaca que se suelen seguir criterios de circunstancias personales para que coincidan con las vacaciones escolares en el caso de tener hijos o en base a la antigüedad del trabajador dentro de la empresa. «La preferencia a favor de los empleados con responsabilidades familiares no implica la elección de un turno determinado sino, únicamente, que sus vacaciones se disfruten dentro de los límites del período de vacaciones escolares ; respetando este requisito la elección del turno concreto dentro de dicho período se resolverá a favor de la mayor antigüedad en la empresa dentro de cada categoría, aunque los empleados solicitantes no tenga responsabilidades familiares», aclara Charton.

¿Es legal sumar días libres a las vacaciones?

Sí se pueden sumar días libres a las vacaciones siempre y cuando exista acuerdo entre el empresario y el trabajador. La abogada de Sanahuja Miranda especifica que se pueden añadir jornadas compensatorias por horas extras a las vacaciones de 30 días naturales. Charton aclara además que el mínimo de 30 días naturales debe pedirse dentro del año natural al que correspondan y si son de 2020, deberán cogerse en este mismo año «salvo que entre las partes haya un acuerdo para que no sea así, como puede ocurrir en tiempos excepcionales como los que vivimos ahora».

¿Con qué plazo se deben comunicar las vacaciones al trabajador?

Las vacaciones se han de fijar por lo menos con dos meses de antelación antes de la fecha del comienzo de su disfrute y debe ser de acuerdo entre empresario y el trabajador. «Por lo tanto, cualquier modificación de dicho calendario requiere el acuerdo de las dos partes», afirma Charton . Es decir, tampoco pueden llamar a un empleado a filas si está disfrutando en la playa. «Si la empresa pide a un trabajador a reincorporarse, pero se encuentra en periodo de vacaciones, éste no tiene obligación de acudir a la llamada. Si se entiende que el trabajador es indispensable para gestionar una crisis que perjudica o daña la empresa, la empresa tendrá que valorar el 'precio' de la reincorporación», añade el socio fundador de Valio Consulting.

¿Pierden el derecho a las vacaciones los trabajadores incluidos en un ERTE durante la crisis del coronavirus?

La abogada de Sanahuja Miranda diferencia entre ERTE de suspensión, en los que el trabajador «tiene suspendido el contrato y durante ese tiempo no genera derecho a vacaciones». En el caso de los ERTE de reducción de jornada, «sí que se genera el derecho a vacaciones en el mismo número de días que si se estuviera trabajando a jornada completa teniendo en cuenta que la retribución de las vacaciones será proporcional a la jornada que finalmente haya trabajado».

¿Qué pasa si una empresa llama a un trabajador a reincorporarse en las mismas fechas en las que tiene reservado un hotel o apartamento?

«En el caso de ERTE de suspensión, nada impide al trabajador emplear el tiempo en viajar o ir a la playa si la fase de desescalada en la que se encuentra lo permite. Pero en ese tiempo, la empresa podría solicitar la reincorporación a su puesto. Si el trabajador se niega a volver, la empresa podría proceder a despedir al empleado mediante un despido conocido como disciplinario», relata Charton.

Cuando se trata de situaciones de ERTE de reducción de jornada, los trabajadores tienen derecho a disfrutar de sus vacaciones generadas también mientras la empresa se mantiene en esta situación.

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