Hazte premium Hazte premium

El PSOE y sus socios dan vía libre a los piquetes violentos

El Senado aprueba la derogación del artículo que castigaba con cárcel a los miembros de piquetes violentos condenados

Empleadas de un establecimiento obligadas a cerrar por un piquete ABC
Javier González Navarro

Esta funcionalidad es sólo para registrados

El Senado ha aprobado hoy la derogación del artículo 315.3 del código penal que especificaba penas de cárcel para los miembros de piquetes violentos que fueran condenados. La medida formaba parte de los acuerdos del PSOE, Unidas Podemos y del resto de socios del Gobierno.

Además, se anulan las sentencias aplicadas con arreglo a ese precepto, una condición exigida por UGT y CC.OO. como consecuencia «indispensable» de la derogación de ese artículo.

El mencionado artículo dice que «quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses ».

Los sindicatos y los partidos de izquierda han venido reclamando la derogación de ese artículo porque más de 300 personas, en su mayoría sindicalistas, han sido juzgadas y condenadas a prisión desde hace años por su participación en piquetes violentos en las huelgas generales del 29 de septiembre de 2010, del 29 de marzo de 2012 y el 14 de noviembre de ese año.

No obstante, los sindicatos reconocen ningún condenado ha ingresado en prisión. La mayoría de las veces, porque las condenas no eran elevadas y no conllevaban ir a la cárcel. Otros, porque los tribunales superiores rebajaban o anulaban las condenas y, también, porque fueron indutados.

Con la eliminación del artículo, otro derecho fundamental, el de acudir al trabajo, quedará limitado frente al derecho de huelga, según expertos juristas y empresarios consultados, puesto que se mantienen los apartados 1 y 2 de dicho artículo: «1. Serán castigados con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de seis a doce meses los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad, impidieren o limitaren el ejercicio de la libertad sindical o el derecho de huelga. 2. Si las conductas reseñadas en el apartado anterior se llevaren a cabo con coacciones serán castigadas con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de 18 a 24 meses».

«Hoy es un gran día para la democracia en nuestro país y para los trabajadores y trabajadoras», ha declarado el secretario general de CC.OO., Unai Sordo, después de que el Senado haya aprobado hoy la derogación del artículo 315.3 del código penal que castigaba con penas «desproporcionadas» a los sindicalistas «con el objetivo de coartar el derecho de huelga».

Sordo ha tenido palabras de agradecimiento a las fuerzas políticas que lo han hecho posible con su voto y «de reconocimiento a las más de 300 personas procesadas con peticiones de pena de cárcel para intentar reprimir mediante el artículo 315.3 del Código Penal y la Ley Mordaza el derecho de huelga y otras movilizaciones contra las políticas de austeridad».

«No vamos a permitir nunca, nunca, nunca, que se demonice el derecho fundamental a la huelga de los trabajadores, sin el que no se entiende la democracia en nuestro país», enfatizó el secretario general de CC. OO.

Para Pepe Álvarez, secretario general de UGT, este artículo penal «chocaba con el derecho a huelga que, igual que otras democracias occidentales, contempla la Constitución».

Álvarez afirma en su blog que «el derecho de huelga, en el artículo 28.2 de la Constitución Española, es un derecho fundamental para la libertad pública, con supuesta mayor protección. Es un alivio para todos que este texto penal, que castigaba a aquellos y aquellas que coaccionasen a otras personas a iniciar o continuar una huelga con penas de prisión de hasta tres años y con multas de hasta 24 meses, haya sido finalmente derogado en el Congreso».

«Durante estos años hemos visto que el término ‘coaccionar’ ha dado pie a una interpretación amplia del delito: esto ha causado que conductas no violentas hayan sido perseguidas por procesos penales . Que personas trabajadoras que tan solo defendían sus derechos y los de sus compañeros y compañeras hayan sido oprimidas en unos procesos penales injustos, inciertos e interminables».

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación