El juez imputa al Barcelona por cohecho en el caso Negreira: «Los pagos produjeron los efectos arbitrales deseados»
El instructor Joaquín Aguirre sostiene que el exdirigiente arbitral cobró del club mientras ejercía funciones públicas
Caso Negreira, en directo: imputación del Barcelona, reacciones y últimas noticias hoy
La Guardia Civil registra la sede de la Federación en busca de pruebas del caso Negreira
El juez expulsa a la RFEF del caso Negreira y aprecia «corrupción sistémica» en el Comité Técnico de Árbitros
Lo avanzó hace unos días. «Existe otra opción para calificar la conducta del F. C. Barcelona por haber pagado a Negreira durante 18 años». Este miércoles, el instructor del caso, Joaquín Aguirre, dictó otro auto en el que atribuye al club, así como al resto de investigados, entre los que se encuentran los exdirigentes del Barça Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu, un delito de cohecho. Una decisión del juez al entender que la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), de la que depende el Comité Técnico Arbitral (CTA) del que Negreira fue vicepresidente, «ejercía funciones públicas». Precisamente, la Guardia Civil registra esta mañana la sede del CTA, buscando documentación del caso, por orden del togado, en una diligencia declarada secreta.
En concreto, en un escrito de 21 páginas, Aguirre atribuye a Enríquez Negreira un delito continuado de cohecho pasivo, en concepto de autor, y a su hijo, Javier Enríquez, como cooperador necesario. Al Barça, como persona jurídica, así como a sus directivos, les imputa cohecho activo. Para hacerlo, el instructor apunta que el club realizó pago millonarios al exvicepresidente del CTA, «hecho no negado y acreditado documentalmente», cuando éste «tenía la condición de funcionario público» a efectos penales, dado que desempeñaba funciones públicas, entre otras las relativas a las calificaciones de los árbitros y a sus ascensos y descensos.
Sostiene así el togado que dichos pagos se habrían realizado por el cargo de Negreira en el comité, «pues se prolongaron aproximadamente durante unos 18 años, fueron incrementándose desde los 70.000 euros iniciales hasta los 700.000 euros anuales; y el F. C. Barcelona cesó en el pago tan pronto como Negreira cesó como vicepresidente del CTA». Señala así que «por deducción lógica» esos ingresos «satisfacían los intereses del club en atención a su duración y al incremento anual».
El instructor va más allá, y «deduce» que los «pagos produjeron los efectos arbitrales deseados por el F. C. Barcelona, de tal manera que debió existir una desigualdad en el trato con otros equipos y la consiguiente corrupción sistémica en el conjunto del arbitraje español», tal y como apuntó un auto anterior. Eso sí, precisa que tendrá que ser la investigación de la Guardia Civil la que deberá confirmar dichas sospechas.
Sospechas a las que suma la «carta intimidatoria» que el propio Negreira remitió al Barça tras ser cesado como vicepresidente del CTA, a mediados de 2018 que fue, precisamente, cuando el equipo azulgrana prescindió de sus servicios. En la misiva, dirigida a Bartomeu, le indicó, «que si no le seguían pagando revelaría una serie de hechos que podrían perjudicar gravemente al club». Lo que, para el juez, deja claro que Enríquez Negreira sabía que se habían cometido delitos a favor del Barcelona «de bastante gravedad». Un «conocimiento directo», que implicaba su participación en la comisión de los mismos o el «conocimiento muy próximo de las personas que los habrían cometido». Pero, en definitiva, que éste era consciente, en mayor o menor medida, «de la ilicitud de sus actos». Concluye así Aguirre que, se demuestre o no la corrupción sistémica del arbitraje español a causa de tales pagos, el delito de cohecho se ha consumado al haberlos realizado.
El juez señala que Negreira debía ser imparcial y que era «incompatible» con su cargo recibir pagos del Barça
Además, también rebate a Laporta, que en rueda de prensa afirmó que los pagos a Negreira se efectuaron porque éste elaboró unos informes sobre actuaciones arbitrales que atañían al club. Al respecto, el juez señala que la Agencia Tributaria consideró que dichos ingresos no obedecían al funcionamiento ordinario del Barça, por lo que sancionó y le obligó a la devolución de unas cantidades «indebidamente deducidas» de la declaración del impuesto de sociedades. Decisión que el equipo no recurrió y que para el instructor demuestra, «indiciariamente», que no se trataba de unos pagos ordinarios a un técnico contratado para realizar una labor de 'scouting' o ojeador.
Señala así el auto que como vicepresidente del CTA, Negreira debía ser imparcial y tener un trato equitativo con todos los equipos, por lo que «resulta incompatible con el ejercicio natural del cargo que perciba una abultada remuneración anual, sin contrato, que sirva de soporte para realizar una función de seguimiento de los árbitros que dirigían al F.C. Barcelona y que se encontraban bajo la órbita de su autoridad».
Por este motivo, el juez sospecha que Negreira «realizó unos actos, fueran informes verbales o escritos, que eran contrarios a los deberes inherentes a su cargo, pues es inadmisible que un vicepresidente del CTA asesore a un concreto equipo de la Primera División». A lo que apostilla: «aún cuando otro u otros equipos también hubieran hecho pagos semejantes, la conducta del F. C. Barcelona seguiría revistiendo indicios de delito, puesto que la repetición por otros clubes de un acto ilícito no convierte dicho acto en lícito, pues la costumbre (la cual no se ha probado) no convierte en legal un hecho. Si se demostrara que otros clubes también han pagado a vicepresidentes del CTA deberían iniciarse acciones penales contra ellos, en lugar de archivar» la del Barça.
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