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Bretón, condenado a 40 años, la pena máxima por los asesinatos

El juez considera que la muerte de sus hijos fue «despiadada» y le obliga a indemnizar a la madre con 500.000 euros

Bretón, condenado a 40 años, la pena máxima por los asesinatos r. carmona

F. J. POYATO

Pena máxima para José Bretón. «Pocos casos habrá en la práctica judicial en que unos delitos de esta naturaleza merezcan con mayor claridad la imposición de la pena máxima». Estas palabras corresponden a un pasaje del fallo de Pedro José Vela, el magistrado-presidente del tribunal popular que ha juzgado a Bretón y que ayer lo condenó a 40 años de prisión por el asesinato de sus hijos Ruth y José con la agravante de parentesco. La misma petición elevada por el Ministerio Público y la acusación particular.

De conformidad con el veredicto unánime de culpabilidad expresado por el jurado el pasado día 13, el juez hace suya la motivación y el relato del los hechos probados incidiendo en la alta dosis de alevosía que llevó al acusado a maquinar y ejecutar la muerte de sus hijos tras «no soportar que su esposa le dejara y dado su carácter rencoroso y vengativo», demostrado médicamente.

La «premeditación» de Bretón, que actuó con una medida planificación en su frío plan criminal como venganza hacia Ruth Ortiz (aireada a su entorno), su «carácter despiadado» para «multiplicar el dolor de la madre» de los pequeños, al hacerlos desaparecer calcinándolos en la hoguera, y la falta absoluta de «humanidad y arrepentimiento» acreditan, según el juez, que el acusado cargue con la pena máxima. Además, el togado admite la petición de la fiscal de no arbitrar el tercer grado hasta que no transcurra la mitad de la condena (veinte años).

El penado cumplirá el próximo 21 de octubre dos años en prisión preventiva, motivo por el que la Fiscalía de Córdoba anunció también ayer que pedirá el aplazamiento hasta la mitad de la condena de ese límite, evitando que pueda darse la circunstancia de que Bretón salga de la cárcel mientras llega la sentencia firme. Aunque la defensa no hizo ayer ninguna valoración sobre el contundente fallo, ya manifestó el día del veredicto su oposición al mismo y la presentación de sendos recursos ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, primero, y, de persistir la pena, al Tribunal Supremo.

Además, José Bretón deberá indemnizar con 500.000 euros a su expareja. No podrá acercarse a menos de un kilómetro de radio ni comunicarse con ella. Todo ello durante más de 42 años. Similar frontera espacial y temporal para su suegra Obdulia Ramos y su cuñado Estanislao Ortiz. Un tiempo que empezará a discurrir desde que se le concedan los primeros permisos. De igual modo, deberá pagar al Ministerio del Interior 137.335 euros, y al Ayuntamiento de Córdoba 22.567, por los gastos de la investigación originada a partir de su denuncia falsa sobre la pérdida de los niños. En este sentido, el juez lo condena por un delito de simulación de delito a nueve meses de multa a razón de diez euros diarios (unos 2.700 euros más) y tilda de «chapuza» y «pantomima» su desmontada coartada del parque.

Pastillas y hoguera

Según Vela, la finca de Las Quemadillas «reunía los requisitos precisos» para llevar a cabo su plan tras haber alterado el fin de semana que le tocaba con sus hijos, acopiar combustible y leña, simular con sus sobrinos la experiencia de perder a menores y «crear una apariencia ficticia de normalidad que encubriera su propósito real» el día de autos: comida con amigos y visita familiar a la Ciudad de los Niños.

El magistrado asegura en su fallo que «no podemos saber cuál fue el mecanismo concreto de la muerte [intoxicación medicamentosa o calcinación], pero sí podemos afirmar con rotundidad que su etiología fue violenta y homicida», calcando el dictamen de Francisco Etxeberria en la sala.

Los tranquilizantes y su uso, que han generado dudas en el juicio, siguen presentes así como pieza clave. El togado apoya la deducción del jurado. Bretón aprovechó que su psiquiatra le recetó Motivan y Orfidal tras la ruptura matrimonial para suministrárselos a sus hijos en una corta parada en su coche camino de la finca. Lo localizó su móvil, lo pudo delatar la falta de explicación a que las pastillas no aparecieran, su nerviosismo al hallar la Policía la receta y el hecho de admitir que los niños se durmieron en la parcela.

En cuanto a la controvertida identidad y custodia de los huesos de la hoguera, el juez Pedro Vela es rotundo. «Es absolutamente descartable que la Policía, o cualesquiera otra persona o institución, dispusiera de unos huesos quemados hasta casi la calcinación de unos niños menores de 6 y 2 años habiendo tomado la precaución de eliminar todo el ADN para que no se descubriera la impostura con el fin de cambiarlos por los recogidos en la hoguera y manipular dicho resultado probatorio», alega. Siempre fueron los mismos restos, los de Ruth y José. «Es la única conclusión verosímil, no hay otra», añade Vela.

La sentencia recoge que hasta doce peritos han determinado «sin género de duda» y de manera «unánime», incluida la rectificación de la agente Josefina Lamas, que eran restos humanos de dos niños de 6 y 2 años. A esta le afea su intervención en el juicio con el «cotilleo» de que «los huesos se fueron de copas». Una frase «irrespetuosa y desdichada», dice el magistrado, quien resta valor a que la pieza número 8 desapareciese, pulverizada por su uso y estado. Además, el fallo defiende que Etxeberria examinó los vestigios con permiso judicial. Otra duda lanzada por la defensa de Bretón.

Vela elogia el papel del jurado, cuyo «veredicto ha superado notablemente los estándares de motivación exigibles», basada en una «abundante prueba de cargo» para condenar, más indiciaria que directa, lo que el juez avala con hasta 33 referencias de jurisprudencia.

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