Expedientan al Ayuntamiento por vulnerar la protección de datos
El Ayuntamiento de Cuenca ha sido expedientado por la Agencia Estatal Protección de Datos por endosar durante tres años los recibidos del Impuesto del Bienes Inmuebles (IBI) de un ciudadano fallecido a otro con el mismo nombre. En una resolución, a la que ha tenido acceso ABC, se resuelve que la administración municipal ha infringido de forma «grave» el artículo 44.3 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) por no haber hecho un buen uso de los datos privados del denunciante, por no haberlos utilizado de manera diligente y por no haber subsanado el error a pesar de los apercibimientos.
Se da la circunstancia que el Servicio de Recaudación Municipal del Ayuntamiento de Cuenca comenzó a funcionar en enero de 2009 después de abandonar el Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación provincial de Cuenca.
Durante tres años le cargaron en su cuenta los recibidos de este impuesto que no correspondían a su vivienda y los recargos de impago, dado que según las alegaciones presentadas por el Consistorio había varias personas con nombre y apellidos iguales, lo que variaba era el DNI, aunque coincidía el comienzo del nombre de la calle
La investigación se inició a raíz de la denuncia presentada por un particular en junio de 2012, en la que advierte que el Servicio de Recaudación del Consistorio conquense le había imputado «por error» y «en reiteradas ocasiones», deudas que no le corresponden.
Motivo, este, por el que la Agencia Tributaria le había practicado indebidamente varios embargos desde enero de 2010 a junio de 2012. A pesar de que el denunciante reclamó en varias ocasiones, las peticiones no fueron atendidas, según el procedimiento resuelto el pasado mes de septiembre y firmado por el director de la AEPD, José Luis Rodríguez Álvarez.
La Agencia entiende que la corrección no tenía que venir del denunciante, ya que sus datos eran correctos, sino que el Ayuntamiento tendría que haber hecho una diligente gestión de los mismos. Por eso, le insta a subsanar los errores para que el ciudadano afectado deje de recibir cargos que no le corresponden.
Expertos en privacidad y seguridad de datos privados indican que las resoluciones emitidas por la Agencia Española contra la Administración Pública no van acompañadas de sanción económica, como ocurriría si se tratara de empresas privadas.
Samuel Parra, socio de la firma ePrivacidad, dedicada a la protección de datos en internet, explica que la resolución de infracción acredita una irregularidad en materia de protección de datos por parte de la Administración expedientada, de la que se dará conocimiento al Defensor del Pueblo. Parra añade que esta resolución pone fin a la vía administrativa y que contra ella cabe, por parte del Ayuntamiento, recurso contencioso administrativo a presentar directamente en la Audiencia Nacional.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete