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Miguel Ángel Rodríguez condenado por injurias graves al doctor Montes

El ex portavoz del Gobierno y habitual tertuliano calificó al ex coordinador de Urgencias del Severo Ochoa como «nazi»en «59 segundos» y «La Noria»

Miguel Ángel Rodríguez condenado por injurias graves al doctor Montes

G. D. OLMO

Miguel Ángel Rodríguez , conocido contertulio y ex portavoz del Gobierno, ha sido condenado por un delito continuado de injurias graves con publicidad al doctor Luis Montes, al que tendrá que indemnizar con treinta mil euros.

Rodríguez se refirió en el programa «59 segundos» de Televisión Española al doctor Montes como «nazi». La sentencia del Juzgado de lo Penal Número 8 de Madrid valora esta expresión y otras emitidas por Rodríguez en este espacio televisivo.

El ex secretario de Estado de Comunicación dijo también que «si alguna parte de la audiencia me ve, si alguna vez caigo en manos del Dr. Montes o de sus secuaces, por favor, llamen a la policía» y negó que el sobreseimiento de las actuaciones por las supuestas sedaciones irregulares en el Severo Ochoa de Leganés cuando el doctor Montes era coordinador del Servicio de Urgencias confirmara en absoluto la inocencia del anestesista: «No, los jueces no han dicho nada. La jueza no ha dicho nada». En su intervención televisada, Rodríguez exclamó también «que venga el Dr. Montes con Zapatero y sus secuaces! y al fondo los féretros de los muertos!», justificando el referirse al médico como un nazi con el argumento de que «el que decide matar a alguien es un Nazi».

Absuelto de calumnia

También en el programa «La Noria» , que emite Telecinco, el ahora condenado se refirió al doctor Montes cuando ya se habían archivado las diligencias previas en relación a las supuestas sedaciones irregulares en el hospital leganense. Rodríguez afirmó en Telecinco: «Yo sé lo que ha pasado, antes morían 200 y antes mueren 100». También insitió en que el doctor Montes es un «nazi». La sentencia valora a la hora de emitir el fallo condenatorio el hecho de que Rodríguez había atribuido a Montes la comisión de un hecho delictivo: «El acusado afirmó que el querellante había matado a alguien». Por el contrario, el fallo excluye para Rodríguez el delito de calumnia porque las expresiones que profirió se produjeron «en el calor de una discusión más o menos teatralizada en aras del espectáculo informativo, pero en todo caso de forma impulsiva» y no fueron fruto «del temerario desprecio hacia la verdad que exige el tipo de calumnia».

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