La Audiencia Nacional rechaza llevar al TC los límites a la justicia universal
El Pleno de la Sala Penal avala la exigencia de «cierta conexión» con intereses españoles
La Audiencia Nacional no considera necesario plantear ante el TC una cuestión de inconstitucionalidad sobre los límites establecidos a la jurisdicción universal en la nueva redacción del artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Y ello porque considera que la solución adoptada por el legislador, y que se resume en la necesidad de que exista una c ierta conexión con intereses españoles en la causa objeto de investigación, es suficientemente clara y acorde con la Constitución.
Así se pronuncia el Pleno de la Sala de lo Penal en una resolución en la que confirma el archivo de la querella interpuesta en julio de 2008 en la Audiencia Nacional contra siete autoridades del Gobierno chino por delitos de lesa humanidad. En concreto, el Comité de Apoyo al Tíbet y otros denunciaban un ataque «generalizado y sistemático contra la población tibetana» desde marzo que se saldó con 2 03 muertos, 1.000 heridos graves y 5.972 desaparecidos . Entre los investigados se encontraban tres ministros chinos: el de Defensa, Lian Guanglie; el de Seguridad del Estado, Geng Huichang, y el de Seguridad Pública, Meg Jianzhu. Junto con ellos, el responsable del Partido Comunista chino en el Tíbet, Zhang Qingli.
En el auto, fechado el 27 de octubre y contra el que han formulado voto particular los magistrados José Ricardo de Prada, Clara Bayarri y Ramón Sáez Valcárcel —los mismos que apoyaron la competencia de Garzón en la memoria histórica—, el Pleno discrepa con que la reforma del artículo antes citado haya vulnerado el contenido de los tratados y convenios suscritos por España, y entre ellos, el de genocidio. «El legislador español ha variado su política legislativa en materia de jurisdicción universal, y de su reconocimiento omnímodo y explícito, ha optado por un papel subsidiario acorde con la necesidad de plasmar (...) algún tipo de vinculación o nexo con intereses españoles» , apunta. En concreto, se exige que los presuntos responsables se encuentren en España, que haya víctimas españolas o con algún vínculo de relevante con España o que los hechos no se persigan en otro país competente o Tribunal internacional.
Otra causa en el Central 2
La Sala también rechaza la pretensión de los recurrentes de acumular este procedimiento a otro abierto en la Audiencia Nacional (también sobre el Tíbet) al no haber «conexión legal» entre los hechos denunciados. El juez Ismael Moreno investiga desde 2006 el supuesto genocidio perpetrado por el Gobierno chino en el Tíbet durante las décadas de los 80 y 90.
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