Una iniciativa fuera de lugar
Al parecer, los socialistas de Castilla-La Mancha se enteran ahora, de repente y por el Diario Oficial de la Comunidad, de la cuantía de las retribuciones de la «número 2» popular
Aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, y en una nueva maniobra de distracción, el PSOE se «hace de nuevas» respecto al sueldo de María Dolores de Cospedal, y anuncia que propondrá la iniciativa que sea (todavía no saben si una resolución política o una reforma legislativa o reglamentaria) para impedir que la secretaria general del Partido Popular compatibilice su sueldo de senadora y el que le corresponde por su cargo en el Partido Popular. Al parecer, los socialistas de Castilla-La Mancha se enteran ahora, de repente y por el Diario Oficial de la Comunidad, de la cuantía de las retribuciones de la «número 2» popular, y están dispuestos a hacer «lo que sea» para que cobre menos o renuncie a las retribuciones que ellos determinen.
En realidad, el asunto ha sido siempre público y la información, transparente. Basta repasar hechos contrastados de los últimos años para comprobarlo. María Dolores de Cospedal quiso renunciar a su sueldo de diputada autonómica, pero el Reglamento de la cámara castellano-manchega no lo permitía. Fue precisa una reforma del artículo 11 c) del mismo —por cierto con el acuerdo de los dos partidos políticos con representación en el parlamento regional— para hacer posible la renuncia. Dicha modificación fue publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla-La Mancha número 164, de 11 de diciembre de 2009, y tras la misma el citado precepto señala: «Todos los diputados recibirán una cantidad en concepto de indemnización por los gastos derivados de sus funciones representativas. Si un diputado tuviera derecho a una indemnización por el mismo concepto, con cargo a un órgano constitucional, no podrá percibir la regulada en este apartado». El precepto añade que «los diputados que opten por dedicarse de manera exclusiva y única a las tareas parlamentarias, además de la indemnización y compensación a que se refiere el párrafo anterior, percibirán un sueldo que estará en función de las tareas, cargo y responsabilidades de cada diputado».
Tras la aludida reforma, que es de hace un año, Cospedal no recibe ingresos de las Cortes de Castilla-La Mancha, de manera que el régimen de sus retribuciones es el que deriva del Reglamento del Senado, cuyo artículo 23.1 dispone: «Los senadores tendrán tratamiento de excelencia, que conservarán con carácter vitalicio, y derecho a la asignación, dietas e indemnizaciones por gastos necesarios para el desempeño de su función que se fijen en el Presupuesto del Senado. Dichas percepciones serán irrenunciables e irretenibles». Por tanto, Cospedal no puede renunciar a su retribución como senadora y, sobre todo, la cuestión de sus retribuciones es por completo ajena a las Cortes de Castilla-La Mancha, de las que no recibe ni un euro, y que no pueden en modo alguno intervenir en esa cuestión.
Conviene aclarar, por lo demás, que la compatibilidad entre los cargos de diputado autonómico y senador es prácticamente consustancial a nuestro modelo de Senado, que incluye un número de senadores designados por las Asambleas de las Comunidades Autónomas, que lógicamente (aunque no obligatoriamente) pueden ser miembros de las mismas para llevar a cabo de forma más adecuada su función representativa. Y es, por añadidura, una cuestión de alcance general que no corresponde regular a una Cámara autonómica.
Nos encontramos, por tanto, con que María Dolores de Cospedal recibe una retribución de senadora, como todos los senadores, y otra fijada por su partido, y desempeña además, sin recibir retribución, las funciones representativas en las Cortes de Castilla-La Mancha. Éstas no pueden intervenir de ninguna forma en la fijación de esas retribuciones externas, ni en el régimen de incompatibilidades de los senadores. Por tanto, no existe una vía jurídicamente admisible para que las mismas regulen o limiten las retribuciones de Cospedal, que son perfectamente conocidas desde hace años. El Parlamento autonómico solo puede intervenir en la regulación de los sueldos de sus diputados (al que Cospedal quiso renunciar desde el primer momento y no recibe desde hace un año) o su régimen de incompatibilidades. Éstas últimas, reguladas en el artículo 6 de la Ley Electoral de Castilla-La Mancha, no incluyen —ni podrían incluir— a los senadores designados por la propia Comunidad Autónoma, ni a los cargos propios de los partidos políticos, que en ningún ordenamiento están excluidos del desempeño de funciones representativas. En suma, la cuestión de los sueldos de Cospedal, y en particular la compatibilidad (perfectamente legal y conforme a la Constitución) entre sus retribuciones como senadora y secretaria general del PP, es una cuestión totalmente ajena a la competencia de las Cortes de Castilla-La Mancha, y la propuesta de una iniciativa para «quitarle» un sueldo, tal y como ha sido anunciada por el Grupo Socialista, está fuera de lo que la Constitución, el resto del ordenamiento, y la lógica de nuestro Senado y de nuestro sistema representativo permiten.
Por lo demás, el anuncio de que las Cortes regionales buscarán esta iniciativa por la vía que sea (algo así como decir que lo van a hacer «sí o sí», ya sea, como suele decirse, «por lo civil o por lo criminal»), realizado precisamente en este momento a pesar de que la situación es como he dicho perfectamente conocida desde hace tiempo, demuestra la búsqueda desesperada de mecanismos de distracción, y pone de relieve que los socialistas no parecen reparar en los límites constitucionales, legales o competenciales de las propuestas que realizan, a pesar de que obviamente no son desconocidos por ellos.
Francisco Javier Díaz Revorio es catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Castilla-La Mancha
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