Las empresas que pagaron el canon digital podrán reclamar su devolución
La sentencia de la UE tiene carácter retroactivo y perjudicará notablemente a las arcas de las entidades de gestión

La sentencia hecha pública esta mañana por el Tribunal de Justicia de la UE sobre el canon digital aplicado en España tiene dos caras. Lo dictado por Bruselas es una interpretación sobre la aplicación de la ley que en la actualidad está vigente en España y supone que, de ahora en adelante, la tasa sólo podrá aplicarse a dispositivos de almacenamiento adquiridos por particulares.
Ésta es, a juicio de David Bravo , abogado especializado en derechos de propiedad intelectual, la «cara mala» de la decisión europea, pues «el canon digital seguirá aplicándose de forma indiscriminada a las personas físicas y, por tanto, los usuarios seguirán pagando tal y como ha venido sucediendo hasta ahora». Pese a la arista negativa de la sentencia, Bravo ha querido destacar la «parte buena» de la directiva europea, ya que supone que «la aplicación indiscriminada del canon sobre empresas, administraciones y profesionales es ilegal».
Lejos de quedarse en un hecho aislado y puntual de la jurisdicción internacional, esta sentencia (que llegó hasta Bruselas debido a un enfrentamiento entre la SGAE y la empresa PADAWAN ) tiene, según David Bravo, carácter retroactivo , de manera que «todas las empresas que así lo decidan podrán recurrir a lo legislado hoy en Bruselas y no sólo no pagar el canon, sino reclamar todas las cantidades abonadas desde que el canon digital entró en vigor con la absoluta garantía de que recuperarán el dinero». Para ello deberán interponer, en el tribunal que corresponda, una demanda judicial con objeto de que les sea devuelto lo que previamente fue indebidamente cobrado, tal y como en su momento hizo la empresa PADAWAN en el Tribunal de Justicia de Barcelona y que hoy ha hecho posible este cambio radical en el panorama legal español.
La paradoja de las entidades de gestión
La SGAE ingresó 26,67 millones de euros en 2009 a través del canon digital
En este contexto no deja de llamar la atención, tal y como recuerda David Bravo, que la Administración Pública sea el mayor pagador del canon digital en España , pues dicha tasa es fruto de un acuerdo entre el Ministerio de Industria y las entidades de gestión. Unas entidades que hoy se mostraban más que satisfechas con la sentencia de la UE, ya que consideran que es «un respaldo a la legalidad del canon digital, tanto en España como en el resto de países europeos en los que se aplica esta compensación» y hasta se mostraban dispuestas a «colaborar en el ajuste actual de copia privada a las consideraciones que propone la sentencia». Sin embargo, a juicio de David Bravo, el panorama ahora no se presenta nada alentador para dichas entidades, cuyas cuentas «serán las más perjudicadas».
Una afirmación que resulta bastante acertada si se echa un vistazo a la cuenta de resultados de la SGAE en 2009. Según ésta, la entidad ingresó 26,67 millones de euros el año pasado a través del canon, el 72,9% más que en 2008, con lo que lo recaudado con la tasa digital superaba por primera vez a lo obtenido mediante la venta de discos .
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