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Un juzgado de Palma avala que una empleada pueda llevar velo islámico en el trabajo

La demandante, que realiza su labor en el aeropuerto de Son Sant Joan, había presentado una demanda por presunta vulneración de su derecho a la libertad religiosa

La demandante trabaja en el aeropuerto de Son Sant Joan Efe
Josep María Aguiló

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El Juzgado de lo Social número 1 de Palma ha dictado este lunes una sentencia en la que ha dictaminado que una empleada de Acciona en el aeropuerto palmesano de Son Sant Joan , en concreto Ana Saidi Rodríguez , podrá ir a trabajar con el velo islámico . Cabe recordar que la vista oral sobre este caso tuvo lugar el pasado mes de diciembre. Dicha empleada había llevado a su empresa a juicio porque entendía que habría vulnerado su derecho a la libertad religiosa al prohibirle portar el «hiyab» durante el horario laboral. El tribunal ha dado ahora la razón a Ana Saidi.

El fallo hecho público este lunes señala que la libertad de una persona para manifestar su religión «no puede ser objeto de más restricciones que las que, previstas por la ley, constituyan medidas necesarias, en una sociedad democrática, para la seguridad pública, la protección del orden, de la salud o de la moral públicas, o la protección de los derechos o las libertades de los demás». Acciona deberá indemnizar a dicha trabajadora con 7.892 euros por daños y perjuicios , a los que habrá que sumar 4.491 euros por las retribuciones que en su momento no se le abonaron. La sentencia no es firme y podrá ser recurrida .

La demandante trabaja desde 2007 en el servicio de «handling» de Acciona en el aeropuerto palmesano, en el departamento de facturación, de cara al público. Su actual condición laboral es de fija discontinua , lo que significa que normalmente sólo trabaja en los meses de temporada alta, que en Baleares suelen situarse entre mayo y octubre.

En la vista celebrada hace dos meses, la abogada de Acciona había sostenido que no se habría producido ninguna discriminación laboral de dicha empleada por motivos religiosos, ya que únicamente se le habría aplicado el mismo protocolo relativo a la vestimenta que rige para toda la plantilla. Dicho protocolo también prohíbe, por ejemplo, el uso de elementos externos como pendientes o tatuajes . El uniforme aeroportuario de las mujeres que trabajan para Acciona en Son Sant Joan está conformado en la actualidad por pantalón, camisa, chaqueta, zapatos y bolso.

Por su parte, Ana Saidi había explicado en diciembre ante la juez, Victoria Pelufo, que con el paso del tiempo su sentimiento religioso se había ido haciendo cada vez más fuerte. Finalmente, en diciembre de 2015, Ana Saidi decidió por vez primera acudir con el velo a su lugar de trabajo. Ese primer día su jefe le permitió portar el «hiyab», pero no los siguientes, después de haber consultado con la dirección y haber sido informado de que el uso de esa prenda suponía una modificación no autorizada del uniforme reglamentario .

Aun así, con posterioridad la empleada decidió seguir portando el velo islámico. La reacción de la empresa fue la apertura de siete expedientes disciplinarios , que concluyeron en suspensiones de empleo y sueldo por otras tantas faltas graves.

En la vista celebrada el pasado mes de diciembre, la abogada de Ana Saidi, Margarita Montaner, presentó un informe psicológico en el que se señalaba que dichos expedientes habían causado perjuicios a su cliente. La letrada reclamó, además, los más de 4.000 euros que esta empleada había dejado de percibir por las sucesivas suspensiones de empleo y sueldo que le habían sido impuestas. Finalmente, también pidió que se condenase a Acciona por los daños morales que habría causado a Ana Saidi. Por su parte, el Ministerio Público decidió apoyar finalmente la posición de la demandante , tras haber escuchado previamente todos los testimonios expuestos en la vista.

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