Se triplican los andaluces que renuncian a una herencia por la crisis
Por las dificultades para afrontar los impuestos y los costes

Recibir una herencia no siempre es una buena noticia. Si llega acompañada de una deuda del finado, o si los gastos e impuestos por recibir el legado son tan onerosos que el heredero no puede afrontarlos, la decisión, en muchas ocasiones, es hacer dejación voluntaria del derecho. Y en estas dos tesituras, tan vinculadas a la crisis económica, se han visto cada vez más andaluces en los últimos años.
AsĂ lo refleja en la estadĂstica del Consejo General del Notariado sobre renuncias de herencia o legĂtima, segĂşn la cual los andaluces que han repudiado una herencia se han multiplicado por tres desde los registros anteriores a la recesiĂłn econĂłmica.
En concreto, en 2007, un total de 1.417andaluces rechazaron el legado de sus antepasados, un nĂşmero muy inferior a los 5.960 que tomaron esta decisiĂłn en 2014. Este Ăşltimo dato hace un promedio de 16 renuncias de herencia al dĂa en la regiĂłn y supone un rĂ©cord en este periodo de ocho años (ver gráfico).
La elevada presiĂłn fiscal sobre las herencias que rige en AndalucĂa, de las más altas de España, frente a la que impera en otros territorios, como Madrid, donde heredar sale prácticamente gratis, está detrás de muchos de los casos.
Cada dĂa se registran 16 renuncias a herencia en la comunidad autĂłnoma
Los motivos de los repudios a la herencia son tres, según destaca el vicedecano del Colegio Notarial de Sevilla, José Luis Lledó: en primer lugar, el aumento de las denominadas «herencias dañosas», es decir, aquéllas en las que el pasivo que se lega es superior al activo. En este supuesto, los herederos reciben los bienes del difunto, pero también han de hacerse cargo de sus deudas, y si éstas son más elevadas que lo que se recibe, una opción plausible es renunciar.
Otra solución ante esta coyuntura —apunta José Luis Lledó— es aceptar la herencia a beneficio de inventario; en este caso se responde a la deuda solo con el legado llegando a un acuerdo con los acreedores del finado.
Falta de liquidez
Un segundo motivo es la falta de liquidez del heredero, que no puede afrontar los costes notariales o el impuesto de sucesiones, o no quiere pedir prĂłrrogas o facilidades para abonarlos en un futuro. «Las dificultades para hacer lĂquidos los inmuebles hace tambiĂ©n que mucha gente renuncie», apunta el representante de los notarios sevillanos, que recuerda que en España, al contrario de lo que sucede en otros paĂses europeos, como no sea un bien inmobiliario catalogado, «no se admiten los inmuebles para pagar una deuda heredada, sĂłlo se acepta cash».
Un tercer supuesto es la renuncia tĂ©cnica. AsĂ, en AndalucĂa, los primeros 175.000 euros que se heredan están exentos de tributar. En cada vez más casos, el asesor fiscal recomienda al heredero directo saltar al segundo grado en la lista de beneficiarios para «dividir el legado entre más cabezas» y que las bases imponibles no rebasen ese lĂmite exento.
Todo lo que pase de esta cifra coloca a la comunidad autónoma entre las regiones españolas con el impuesto de sucesiones más gravoso.
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